¿Mi empleador puede amenazarme con llamar a la inmigración?

¿Mi empleador puede amenazarme con llamar a la inmigración?

Los empleadores en Nueva York tienen prohibido amenazar a sus trabajadores con deportación o amenazarlos con contactar a las autoridades de inmigración para notificarles sobre su situación de inmigración.

Las leyes federales, así como la mayoría de las leyes del estado y la ciudad de Nueva York, consideran tales acciones como represalias contra los trabajadores y son ilegales. También es ilegal que su empleador lo despida, lo castigué o emprenda acciones laborales en su contra por haberse quejado sobre su pago o por no haber recibido pago correcto por su trabajo.

Si su empleador lo ha amenazado con deportarlo, denunciarlo, o las hostilidades, o lo ha disciplinado por quejarse de su pago o por pago injusto, usted puede hacer uso de su derecho a indemnización por daños y perjuicios, o hacer uso de otras protecciones que le brinda la ley.

Llámenos para hablar con un abogado de empleo y averiguar sobre sus derechos.

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